{"id":5844,"date":"2026-10-07T10:46:55","date_gmt":"2026-10-07T08:46:55","guid":{"rendered":"https:\/\/jubenial.com\/blog\/?p=5844"},"modified":"2026-10-08T10:29:53","modified_gmt":"2026-10-08T08:29:53","slug":"usufructuario-y-nudo-propietario-derechos-obligaciones","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/jubenial.com\/blog\/usufructuario-y-nudo-propietario-derechos-obligaciones\/","title":{"rendered":"Derechos y obligaciones del usufructuario y del nudo propietario de una vivienda"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Los <strong>derechos y obligaciones del usufructuario y nudo propietario<\/strong> no son los mismos, aunque ambos tengan derechos sobre una misma vivienda. El usufructuario conserva su uso y disfrute, mientras que el nudo propietario mantiene la titularidad sin poder ocuparla mientras el usufructo est\u00e9 vigente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El reparto concreto depende, en primer lugar, de lo establecido en la escritura, el testamento o el documento mediante el que se constituy\u00f3 el usufructo. Cuando ese documento no regula alguna cuesti\u00f3n, se aplican las disposiciones del <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/pdf\/1889\/BOE-A-1889-4763-consolidado.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">C\u00f3digo Civil sobre el usufructo<\/a>.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Derechos y obligaciones del usufructuario y nudo propietario<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Para entender qu\u00e9 puede hacer cada parte, conviene diferenciar la titularidad de la vivienda de su uso. El nudo propietario es titular del inmueble, pero el usufructuario conserva el derecho a utilizarlo y obtener los rendimientos que genere durante el tiempo establecido.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Esta separaci\u00f3n puede proceder de una herencia, una donaci\u00f3n o una operaci\u00f3n de venta de la nuda propiedad. En cualquiera de estos casos, el documento constitutivo debe revisarse antes de tomar decisiones sobre el alquiler, las obras o la transmisi\u00f3n de la vivienda.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Qu\u00e9 puede hacer el usufructuario<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El usufructuario puede vivir en la vivienda y utilizarla de acuerdo con su naturaleza y con las condiciones recogidas en el t\u00edtulo constitutivo. Debe conservar su forma y sustancia, por lo que no puede realizar actuaciones que provoquen un deterioro relevante o alteren sustancialmente el inmueble.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Tambi\u00e9n tiene derecho a percibir los frutos de la vivienda. Por ejemplo, si decide alquilarla, las rentas corresponden normalmente al usufructuario mientras el derecho permanezca vigente. Los contratos que celebre como usufructuario finalizar\u00e1n, con car\u00e1cter general, cuando se extinga el usufructo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Adem\u00e1s, puede arrendar o transmitir su derecho de usufructo, salvo que el t\u00edtulo establezca limitaciones. Esto no significa que pueda vender por s\u00ed solo la plena propiedad de la vivienda: \u00fanicamente puede disponer del derecho que le pertenece. Cuando existen varios derechos sobre el inmueble, resulta \u00fatil conocer las particularidades de <a href=\"https:\/\/jubenial.com\/blog\/puede-vender-vivienda-usufructo\/\">vender una vivienda con usufructo<\/a>.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Obligaciones principales del usufructuario<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El usufructuario debe cuidar la vivienda con la diligencia necesaria para evitar da\u00f1os y conservarla en buen estado. Antes de comenzar el disfrute pueden exigirse un inventario de los bienes y una fianza, aunque el propio t\u00edtulo constitutivo o las excepciones previstas legalmente pueden dispensarlo de estas obligaciones.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Durante el <a href=\"https:\/\/jubenial.com\/blog\/gastos-de-una-vivienda-en-usufructo\/\" data-type=\"link\" data-id=\"https:\/\/jubenial.com\/blog\/gastos-de-una-vivienda-en-usufructo\/\">usufructo debe asumir las reparaciones ordinarias<\/a> derivadas del uso natural de la vivienda. Son, por ejemplo, aquellas actuaciones de mantenimiento necesarias para conservarla en condiciones adecuadas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Cuando detecte la necesidad urgente de una reparaci\u00f3n extraordinaria, debe comunic\u00e1rselo al nudo propietario. Tambi\u00e9n tiene que informar de cualquier actuaci\u00f3n de terceros que pueda perjudicar los derechos de propiedad. Si no lo hace y se producen da\u00f1os, podr\u00eda tener que responder por ellos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El reparto de impuestos, cuotas de comunidad, seguros, derramas y otros gastos debe comprobarse en cada operaci\u00f3n. La escritura puede establecer un reparto espec\u00edfico, por lo que no conviene atribuir todos los costes autom\u00e1ticamente a una de las partes.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Qu\u00e9 puede hacer el nudo propietario<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El nudo propietario conserva la titularidad de la vivienda. Puede vender, donar, hipotecar o incluir la nuda propiedad en su herencia, pero quien la adquiera deber\u00e1 respetar el usufructo existente y las condiciones con las que fue constituido.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Mientras el usufructo contin\u00fae vigente, el nudo propietario no puede ocupar la vivienda, cobrar sus alquileres ni impedir que el usufructuario ejerza leg\u00edtimamente su derecho. Tampoco puede realizar obras o cambios que reduzcan el valor del usufructo o dificulten el uso del inmueble.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Con car\u00e1cter general, le corresponden las reparaciones extraordinarias. No obstante, el C\u00f3digo Civil contempla distintos efectos econ\u00f3micos dependiendo de qui\u00e9n realice las obras, su urgencia y si resultan indispensables para conservar la vivienda.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Decisiones que requieren coordinaci\u00f3n<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El usufructuario y el nudo propietario pueden transmitir por separado sus respectivos derechos. Sin embargo, para vender la plena propiedad libre de usufructo deben intervenir ambas partes: el nudo propietario transmite su titularidad y el<a href=\"https:\/\/jubenial.com\/blog\/extincion-del-usufructo\/\" data-type=\"link\" data-id=\"https:\/\/jubenial.com\/blog\/extincion-del-usufructo\/\"> usufructuario transmite o extingue su derecho.<\/a><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Tambi\u00e9n conviene acordar por escrito las obras importantes, las condiciones de acceso para realizar inspecciones o reparaciones, la contrataci\u00f3n de seguros y el destino de las indemnizaciones en caso de siniestro. Esta coordinaci\u00f3n reduce el riesgo de conflictos y permite dejar constancia de las responsabilidades asumidas por cada parte.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Cuando termina el usufructo, el uso y la titularidad vuelven a reunirse y el nudo propietario pasa a tener el pleno dominio. La extinci\u00f3n puede producirse, entre otras causas, por el fallecimiento del usufructuario, el cumplimiento del plazo acordado, la renuncia o la reuni\u00f3n de ambos derechos en una sola persona.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Siguiente paso.<\/strong> Si el usufructo forma parte de una decisi\u00f3n para obtener liquidez sin abandonar la vivienda, Jubenial puede <a href=\"https:\/\/jubenial.com\/nuda-propiedad\">valorar la nuda propiedad<\/a> y explicar por escrito qu\u00e9 derechos conserva el usufructuario antes de tomar una decisi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Usufructuario y nudo propietario y sus derechos sobre una vivienda<\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":5845,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[9],"tags":[86,84,88,123],"class_list":["post-5844","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-usufructo","tag-invertir-en-la-tercera-edad","tag-jubenial","tag-marketplace-inmobiliario","tag-usufructo"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/jubenial.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5844","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/jubenial.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/jubenial.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/jubenial.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/jubenial.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5844"}],"version-history":[{"count":6,"href":"https:\/\/jubenial.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5844\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":5890,"href":"https:\/\/jubenial.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5844\/revisions\/5890"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/jubenial.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media\/5845"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/jubenial.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5844"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/jubenial.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5844"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/jubenial.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5844"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}